Guía práctica

Guía para reclamar el depósito de tu alquiler al propietario

Cómo reclamar la fianza del alquiler si el casero se niega a devolverla

La fianza que paga el inquilino es una garantía para que el propietario asegure el cumplimiento de las condiciones establecidas en el contrato. Es obligatorio que el inquilino deposite la fianza en el organismo competente del municipio correspondiente.

En este sentido, uno de los conflictos más habituales entre inquilinos y propietarios es la cuestión de la devolución de la fianza. ¿Qué ocurre si el propietario no devolve?

¿Es posible recuperar la fianza del último mes?

Según explica la plataforma inmobiliaria Idealista, la fianza está regulada por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, que establece su objeto y función. Así, el artículo 31.1 de dicha ley establece que «a la celebración del contrato será obligatorio exigir y depositar una fianza en metálico equivalente a una mensualidad de la renta en el caso de arrendamiento de pisos y a dos mensualidades en el caso de arrendamiento para uso distinto del de vivienda».

De esta forma, el inquilino tiene derecho a recuperar la fianza cuando finalice el contrato y abandone el piso, siempre que haya cumplido todas las condiciones y esté al corriente de todos los gastos. «En caso contrario, el arrendador podrá retener la fianza para reparar los desperfectos ocasionados o para pagar deudas pendientes», señala Idealista.

Sin embargo, la ley de arrendamientos da al propietario un plazo máximo de un mes desde la entrega de llaves para devolver la fianza», explica a Idealista Salvador Salcedo, socio de Ático Jurídico. Entonces, ¿qué puede pasar si no pagas el último mes de alquiler para que el casero te lo descuente de la fianza?

«El arrendador no pierde la posibilidad de reclamar la deuda al inquilino por vía judicial».
El jurista subraya que no se trata de un pacto muy ortodoxo y que, además, suele estar prohibido en la redacción de muchos contratos. En la realidad, sin embargo, suele ser utilizado por los inquilinos.

«En cualquier caso, mientras el documento de rescisión firmado por las partes no confirme que todo está en orden, el arrendador no pierde la posibilidad de emprender acciones legales contra el inquilino por la deuda y la reparación de los posibles desperfectos», señala.

¿Qué ocurre si no se devuelve la fianza?

Si no se ha devuelto la fianza y ha transcurrido un mes desde la finalización del contrato, el inquilino tiene derecho a reclamar esa cantidad de dinero al propietario, «siempre que en la escritura de finalización del arrendamiento conste que el inquilino entregó la vivienda en perfecto estado y con los pagos al día», recuerda Idealista. Si esto no consta en la escritura, el inquilino deberá aportar las pruebas necesarias para demostrarlo.

La fianza debe reclamarse formalmente con un fax de la oficina.

Por ello, los expertos recomiendan reclamar formalmente la fianza por fax. «Si el inquilino no recibe respuesta o recibe una respuesta inadecuada, puede reclamar por vía judicial. Si opta por esta vía, el inquilino puede reclamar «la devolución de la fianza o del saldo resultante una vez deducidas las deudas y los daños y perjuicios, más los intereses legales correspondientes».

En cualquier caso, esta reclamación debe presentarse ante el juzgado del domicilio. «Y puede ser interpuesta directamente por el inquilino si la cantidad a reclamar no supera los 2.000 euros, aunque siempre es aconsejable asesorarse por un abogado», concluyen.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba